La medida fue adoptada al constatar que los procesos de extracción de áridos son ejecutados en predios contiguos, registrándose un aumento del volumen permitido por más de 100 mil m3 de material removido en una superficie de 5 hectáreas. Todo lo anterior, sin contar además con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Villarrica, 17 de septiembre de 2020.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló un cargo grave contra Constructora Donimo Ltda.; Constructora y Áridos Donimo SpA; Transportes Rubén Alberto Rosas E.I.R.L.; Inmobiliaria Mediterráneo Ltda., sociedades representadas por Rubén Rosas Alarcón, y contra la Sociedad Productora de Áridos SpA, representada por Odette Matalama Paredes.

Ello, por cuanto las sociedades mencionadas habrían fraccionado un proyecto de extracción de áridos, de dimensiones industriales, situado en el predio denominado María Luisa, de propiedad de la sociedad Inmobiliaria Mediterráneo Ltda., eludiendo el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Dicho proyecto comprende tanto actividades de extracción y procesamiento de áridos ejecutadas desde el 2014, como también aquellas que constituyen la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento Parcelación María Luisa”, ingresado al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en octubre de 2019, actualmente en proceso de evaluación, superando los 100.000 m3 de material removido en una superficie superior a 5 hectáreas.

La infracción constatada, se sustenta por la continua extracción de áridos ejecutada por las sociedades mencionadas anteriormente, las cuales están relacionadas mediante vínculos legales y contractuales, en diversos lotes contiguos, todos pertenecientes al predio María Luisa. Asimismo, se constató que las actividades extractivas habrían de tener una interdependencia, atendida la extracción de áridos en diferentes predios y su posterior procesamiento en la instalación de faenas, abarcando un volumen de extracción y superficie intervenida por sobre los límites establecidos en la norma.

Ante denuncias, se realizaron una serie de actividades de fiscalización en conjunto con servicios sectoriales de la Región de La Araucanía, tales como la Dirección General de Aguas (DGA), Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) y la Corporación Nacional Forestal (CONAF), con el objeto de complementar la información ya obtenida.

Conforme a las actividades de inspección en terreno desarrolladas entre 2017 y 2019, la SMA confirmó la extracción de áridos de manera continua y prolongada en el predio María Luisa, pese a los pronunciamientos del SEA, DGA y lo dispuesto por la Superintendencia de paralizar las obras hasta no contar con su RCA.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, señaló que “el hecho que un proyecto se constituya eludiendo una evaluación ambiental, que permita conocer sus impactos y cómo se deben mitigar, es sin duda, una infracción que como Superintendencia debemos corregir. Quisiera ser enfático, en reiterar para todos aquellos que pretendan eludir la normativa ambiental y, además exponer a comunidades que habitan en aquellos sectores, no sólo infringen la ley, sino que tienen una responsabilidad social ambiental, vulnerando la salud y calidad de vida de sus comunidades”, indicó De La Maza.

Esta infracción fue clasificada como grave por lo que los titulares de los proyectos, podrían ser objeto de clausura o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Tras la notificación de esta formulación de cargos, los titulares tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) y de 15 días hábiles para formular sus descargos respectivos.

ANTECEDENTES

Este caso se originó debido a una denuncia presentada por el alcalde de la Municipalidad de Villarrica, en febrero de 2017, a la (SMA) informando el desarrollo de actividades de extracción de áridos de gran envergadura en el predio Rol Avalúo 301-07 -de propiedad de Mediterráneo Ltda.-, sin contar con RCA en un sector de valor sociocultural relevante.

Adicionalmente, a través de carta presentada por el presidente de la Comunidad Indígena, Pedro Ancalef; el presidente de la Comunidad Mapuche, Epu Leufu; el presidente del Agua Potable Rural; la Junta de Vecinos del sector Putúe Bajo y el presidente de la Agrupación Adulto Mayor Putúe, Pedro Ancalef, informan el contexto histórico, cultural y religioso que comprende dicho sector, así como los recursos ambientales existentes y afectados por distintas actividades ejecutadas en el sector. Asimismo, hacen presente el emplazamiento de los sitios Guillatuwe, Paliwe y Eltun, pertenecientes al complejo religioso y ceremonial de la comunidad mapuche Pedro Ancalef y declarados Monumento Nacional, mediante Decreto Exento N°02128, por el Consejo de Monumentos Nacionales, en diciembre de 2006.

Para mayor detalle, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/