Potenciando una gestión más eficiente y sistematizada, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) buscará este año duplicar la cantidad de sancionatorios asociados a la infracción de la Norma de Ruido (D.S.38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente). Esto, porque las denuncias relacionadas a esta materia alcanzan casi un 50% de los casos que se presentan ante la Superintendencia, y además, la exposición a ruidos en alto nivel produce efectos a la salud de la población como trastornos auditivos, cefalea, hipertensión e incluso infartos al miocardio, según ha comprobado a Organización Mundial de la Salud (OMS).
“Estamos trabajando para estandarizar los casos, analizarlos en forma más sistemática y poder procesar la gran cantidad de fiscalizaciones asociadas a estas denuncias. Comenzaremos priorizando los casos donde se ha constatado una mayor superación a la normativa, en algunos casos sobre 10 decibeles, por lo que se ha catalogado a estos casos como graves”, explica Sebastián Riestra, Jefe (S) de la División de Sanción y Cumplimiento de la SMA.
En esta primera ronda, estrenada a fines de agosto, se formularon cargos en contra de 22 empresas de diversas índoles: pubs, discoteques, restaurantes, talleres mecánicos, gimnasios, entre otros. Estos sectores, están en línea con la mayor cantidad de denuncias que se reciben anualmente. Los sancionatorios corresponden a las regiones Metropolitana (6), Coquimbo (4), Biobío (3), Valparaíso (2), y otros siete casos en el resto de las regiones del país.
“A través de esta nueva tramitación, estamos agilizando la gestión de la Superintendencia en esta materia, junto con responder a una temática que en los últimos años ha ido tomando un gran peso en la fiscalización y sanción de la SMA”, explica Riestra.
Nueva guía para presentar Programas de Cumplimiento
Quienes accedan a esta publicación, podrán conocer detalladamente todos los pasos a seguir para la elaboración de un Programa de Cumplimiento, enfatizando principalmente, la etapa que guarda relación con las instrucciones de éste, como por ejemplo: enumerar todas las acciones a realizar, los plazos de ejecución de las medidas, costos asociados, medios de verificación, entre otros.
“Elaboramos esta guía con un enfoque muy informativo, práctico y de fácil acceso, porque tenemos la necesidad de estandarizar la presentación de los Programas de Cumplimientos vinculados a infracciones a la Norma de Emisión de Ruidos. Dichos planes de acción tienen por objeto, mitigar los ruidos emitidos desde las fuentes emisoras, con la finalidad de recuperar la convivencia social en las comunidades que se han visto afectadas por la superación de los niveles máximos permisibles de presión sonora, según el marco legal vigente en nuestro país”, afirmó Sebastián Riestra.
Cabe recordar, que el Programa de Cumplimiento corresponde a un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, los responsables cumplan satisfactoriamente con la normativa ambiental. De esta manera, si la empresa o titular infractora a la Norma de Emisión de Ruido opta por hacer uso de este derecho, y la SMA lo aprueba, el proceso sancionatorio se suspende. Además, si dicho plan cumple con los plazos establecidos y la medición posterior garantiza el retorno al cumplimiento ambiental, el proceso sancionatorio se termina sin multa.
Por último, la nueva guía también tiene anexado un formato para la presentación del Programa de Cumplimiento, detallando todos los antecedentes que deben ser considerados. Para más información, descargar el siguiente link.