El norte de nuestro país es conocido mundialmente por la calidad de sus cielos nocturnos. No ha sido por accidente que es una de las zonas donde se han instalado los principales centros de observación astronómica del mundo. De aquí la importancia de seguir protegiendo la calidad de los cielos. Justamente la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica D.S. N°43 del 2012 del Ministerio de Medio Ambiente tiene por objeto prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, mediante la regulación de la emisión del flujo radiante por parte de fuentes emisoras reguladas, que conforman el Alumbrado de Exteriores: ambiental, deportivo y recreacional, funcional, industrial, ornamental y decorativo. Cabe destacar que la norma no es aplicable a la iluminación por combustión a gas natural u otros combustibles, aquella necesaria para garantizar la navegación aérea y marítima, las luminarias de vehículos motorizados, proyectores astronómicos, entre otros.

Como parte de la facultad de rectoría técnica de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el año 2015, a través de la Resolución Exenta de la SMA Nº 731, del 26 de agosto, fueron aprobados los protocolos de análisis y ensayo de producto eléctrico para la determinación del cumplimiento de protección de la contaminación lumínica o PCL. El PCL Nº 1 para la certificación de Luminarias y Proyectores de Área con lámparas de descarga o con lámparas de filamento incandescente y PCL Nº 2 para Luminarias y Proyectores de área para alumbrado con fuentes de luz con tecnologías de estado sólido (LED). La Resolución fue publicada en el Diario Oficial el lunes 31 de agosto de 2015, con lo cual la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) pudo comenzar la autorización de laboratorios para la certificación de luminarias.

Anualmente, la SMA define a través de Resolución Exenta los Programas y Subprogramas de fiscalización de las Normas de Emisión, entre las cuales se encuentra la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica. A partir del año 2016 se realizó la programación de 10 actividades de fiscalización; posteriormente, el año 2017, 25 actividades de fiscalización; en la actualidad, nos encontramos en el programa de fiscalización del año 2018, que contempla 25 actividades.

Desde el 2016 y bajo un régimen provisorio de reporte, se promulgó la Resolución Exenta SMA Nº 475 del 2016. Por medio de ella, se instruyó que todos los titulares de proyectos de alumbrado de exteriores, afectos a la Norma deberán remitir a la SMA una copia de el o los certificados emitidos por laboratorios autorizados por la SEC y la cantidad de fuentes emisoras a instalar y/o recambiar. Se indica también que la información deberá ser remitida en formato físico a la oficina regional que corresponda, 15 días antes de la puesta en servicio de la instalación, adjuntándose además el formato de reporte aprobado por la SMA y que se encuentra disponible en el sitio web de la Superintendencia.

“Esta información ha sido ampliamente difundida, tanto a través de nuestro sitio web, como también en los diversos talleres que se han realizado en las tres regiones donde aplica la Norma, estos desde las oficinas regionales y con el apoyo del Ministerio del Medio Ambiente o sus SEREMI y organismos interesados. Anualmente también se ha difundido a través de oficios dirigidos a los titulares de fuentes afectas a la Norma de Emisión de Contaminación Lumínica. A pesar de los esfuerzos puestos en difundir los criterios para la reportabilidad, la tasa de información aún sigue siendo baja” afirma Felipe Loaiza, ingeniero acústico de la División de Fiscalización
de la SMA.

Frente a lo anterior es fundamental seguir promoviendo el cumplimiento de la Norma Lumínica. De este modo y en el marco de las capacitaciones que contempla la SMA, próximamente realizará para la comunidad regulada un taller en la ciudad de Antofagasta con el objeto de promover el cumplimiento de dicha normativa. Actividad que se desarrollará en conjunto con la Oficina de Protección de la Calidad del Cielo del Norte de Chile (OPCC), la Sociedad Chilena de Astronomía (SOCHIAS) y el Ministerio del Medio Ambiente.