La Superintendencia del Medio Ambiente, a través de procedimientos sancionatorios iniciados por la División de Sanción y Cumplimiento (DSC) este 2018, emitió 65 resoluciones sancionatorias imponiendo sanciones monetarias, las cuales en conjunto totalizan un monto de multas impuestas de 27.303 unidades tributarias mensuales (UTA) equivalentes a MM$15.842 o 23 millones de dólares (USD).

Cabe señalar, que en el caso de tres resoluciones sancionatorias, se eximió a las empresas infractoras del pago de la multa correspondiente, por haber presentado una autodenuncia por primera vez (beneficio contemplado en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la SMA). En estos casos las multas correspondían a un total conjunto de 1.056 UTA, que equivale a cerca de un millón de USD (monto no considerado en el total de multas impuestas señalado anteriormente).

Además, durante el año 2018 se resolvieron los recursos de reposición relativos a las sanciones impuestas en los casos Celco Valdivia de Celulosa Arauco y Constitución S.A. y el relleno sanitario Ecomaule S.A., que resultaron en sanciones de 6,6 y 2,8 millones de USD respectivamente.

Respecto a las sanciones no monetarias impuestas durante el año 2018 se destaca principalmente la clausura definitiva del Proyecto Pascua Lama de Barrick Gold, sanción que se adiciona a la multa de más de MMUS$10 señalada en el cuadro precedente. Asimismo, se aplicó una clausura definitiva al Plantel de Cerdos Santa Josefina, de Agrícola Veneto Ltda.

Otro caso significativo para la División de Sanción y Cumplimiento fue durante el mes de junio, luego que la minera El Toqui aceptara pagar la multa de $1.530 millones, y cuya sanción impuesta nace de un proceso de fiscalización y sanción donde finalmente se logró acreditar 3 cargos por diversos incumplimientos a la normativa ambiental vigente: no ejecutó el procedimiento de aplicación de cal hidratada sobre la superficie del Tranque de Relaves Confluencia, descargar de residuos industriales líquidos en un lugar no autorizado y por operar el Tranque de Relaves Confluencia por sobre los límites establecidos en la RCA que aprobó el proyecto original.

La imposición de sanciones de alta cuantía en los casos en que lo amerita, con el elevado nivel de fundamentación que ha caracterizado a la SMA, da una señal clara al infractor y a toda la industria, de que las consecuencias del incumplimiento normativo ambiental pueden significar un menoscabo importante en términos económicos. Este efecto disuasivo cumple un el rol fundamental en la prevención de futuros incumplimientos.

También es importante destacar que la determinación de las sanciones en cada caso, además de considerar el beneficio económico obtenido por motivo de la infracción, contempla incentivos para aquellas conductas que se orientan a volver al cumplimiento o adoptar medidas correctivas, así como sancionar con mayor intensidad las conductas que signifiquen mayores riesgos o daños al medio ambiente y/o un nivel mayor de vulneración al sistema jurídico de protección ambiental.

“Durante el año 2019 se dará especial énfasis a la mejora, en eficacia y eficiencia, de la priorización de casos para el inicio de procedimientos sancionatorios, el desarrollo de herramientas de promoción del cumplimiento, la mejora continua de la consistencia de criterios internos en los pronunciamientos de la SMA, tramitación más expedita y reducción en los tiempos de resolución de casos”, afirma Ariel Espinoza, Jefe (S) de la División de Sanción y Cumplimiento de la SMA.

Nota: los valores en pesos (CLP) consideran el valor de la UTA del mes de diciembre de 2018 –de $580.236- y los valores en dólares (USD) consideran el tipo de cambio observado al día 17/12/2018 -de $686,44-.