Con fecha 14 de octubre de 2020, la Corte Suprema declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por la SMA en contra de la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental, de fecha 31 de marzo de 2020, en la causa R-18-2020, por considerar que esta no tiene la naturaleza jurídica de las sentencias descritas en el artículo 26 de la Ley 20.600, que regula la procedencia del recurso de casación, ya que no falla el fondo del asunto controvertido, es decir, la existencia de infracción a la normativa ambiental.